Espacios de Construcción Convivencia y Paz
Blog - ECCOS e Ideas
Este espacio tiene como objeto promover contenidos, relacionados con la cohesión social, la convivencia y la paz, que generen reflexión, toma de conciencia y debate en las redes sociales desde la ciudadanía participativa.

ECCOS e IDEAS

Por Bárbara Puglisi 20 feb, 2024
En el último año la política en España se ha encaminado hacia un proceso preocupante para su democracia. Los ataques entre políticos de las “altas esferas del poder” son considerados por algunos como "jocosos" pero nada más lejos de eso. En la mayoría de los casos están al límite de entrar en lo denominado “discurso de odio”. El discurso de odio en la política es una realidad que puede tener consecuencias perjudiciales para la sociedad. En España, como en muchos otros lugares, es importante abogar por un debate político respetuoso y constructivo. El respeto mutuo y la tolerancia son fundamentales para construir una sociedad cohesionada y democrática. En la era digital, las redes sociales han transformado la manera en que nos involucramos con la política. Sin embargo, este cambio también ha dado lugar a un fenómeno preocupante: el aumento del discurso de odio en el ámbito político, exacerbado por la rápida difusión y amplificación que ofrecen plataformas como X, Facebook e Instagram, principalmente. La política en la era de las redes sociales Las redes sociales han democratizado la participación política al proporcionar a las personas una plataforma para expresar sus opiniones y conectarse con políticos y otros ciudadanos. Sin embargo, esta apertura también ha permitido que el discurso de odio se infiltre y se propague de manera más eficiente, creando un ambiente tóxico que afecta el debate democrático. La política en la era de las redes sociales ha experimentado una transformación significativa, marcando un hito en la participación ciudadana y la difusión de información. Las plataformas han democratizado el acceso a la esfera política, permitiendo a los ciudadanos participar activamente en el debate público y conectarse con sus líderes. Así como a los políticos la masificación de sus discursos y propuestas electorales a más personas dentro y fuera de su país. Sin embargo, esta apertura también ha llevado consigo desafíos sustanciales. La inmediatez y la viralidad de las redes sociales han propiciado la propagación rápida de mensajes políticos, tanto constructivos como destructivos. La brecha entre los políticos y la ciudadanía se ha reducido, pero también se ha creado un terreno propicio para la polarización y el discurso extremista. A esto se le suma el fenómeno de las fake news y la desinformación se ha vuelto más prominente en la política en línea. La rapidez con la que se comparten noticias y la falta de verificación pueden llevar a la difusión de información falsa, afectando la percepción pública y distorsionando la realidad. En definitiva, la política en la era de las redes sociales tiene un doble filo. Aunque ofrece oportunidades para la participación ciudadana y la democratización del discurso político, también plantea desafíos importantes en términos de polarización, desinformación y la creación de burbujas informativas. El manejo ético y responsable de estas herramientas es crucial para preservar una esfera política saludable y transparente, especialmente cuando hablamos de asuntos públicos. Qué concluye el monitoreo ECCos de Paz El monitoreo se basó en las publicaciones en redes sociales de los principales candidatos de los partidos políticos españoles que entren en la contienda electoral en las elecciones generales del 2023. Fueron analizados todos los mensajes publicados y podemos concluir que dichos mensajes a pesar de no entrar en la categoría de discurso de odio si han hecho que la forma de hacer política deshumaniza a los oponentes erosionando de esa forma la confianza en las instituciones democráticas. Cuando los líderes políticos recurren a la retórica divisiva y despectiva, crean un clima en el que la intolerancia florece, debilitando la cohesión social y fomentando la polarización. Sin embargo, hemos visto publicaciones en redes mostrando las llamadas “Lonas del Odio”, lonas que fueron colocadas en las fachadas de edificios en vías importantes que entrarían en temas de odio y que fueron colocadas por organizaciones sociales contra los candidatos. Por ello podemos decir que el discurso de odio en la sociedad contemporánea ha ocasionado una seria amenaza para la cohesión y el bienestar común, y lo continuará haciendo hasta tanto no se cambie a través de sanciones jurídicas o por convicción social. Esta forma de expresión, cargada de hostilidad y animosidad hacia grupos específicos, en este caso candidatos, no solo socava los cimientos de la convivencia pacífica, sino que también tiene consecuencias perjudiciales a nivel individual y colectivo. Debemos tener claro como sociedad que el discurso de odio actúa como una llama que aviva las llamas de la intolerancia, alimentando prejuicios y fomentando la discriminación. Cuando líderes políticos, figuras públicas o incluso ciudadanos comunes participan de ello, contribuyendo a la creación de un ambiente tóxico que puede desencadenar tensiones y conflictos innecesarios. El discurso de odio puede propagarse como un virus, infiltrando las mentes y generando actitudes negativas hacia aquellos que son percibidos como diferentes. Esto no solo debilita la cohesión social, sino que también puede llevar a la discriminación y, en casos extremos, a la violencia. Las plataformas de redes sociales, a pesar de sus beneficios en términos de conectividad, facilitan que las palabras y opiniones pueden difundirse rápidamente contribuye a la amplificación del discurso de odio, generando efectos cascada que afectan a comunidades enteras. Es imperativo que las sociedades promuevan la educación y la conciencia sobre la importancia del respeto y la tolerancia. Además, las plataformas en línea deben asumir la responsabilidad de regular y limitar la difusión del discurso de odio, implementando medidas efectivas para prevenir su propagación descontrolada. Del informe se desprende que el discurso de odio amenaza con socavar los principios fundamentales de una sociedad justa y equitativa. Abogar por un lenguaje respetuoso y constructivo se convierte en una herramienta esencial para construir un mundo en el que la diversidad sea celebrada y la convivencia pacífica sea la norma. El otro aspecto candente: la Ley de Amnistía El año 2024 empieza con la controvertida Ley de Amnistía en España que continúa siendo objeto de debates y reflexiones, especialmente por la fina línea que se puede cruzar si los interesados no manejan bien los contenido y decisiones, convirtiendo ideas e ideologías en discurso del odio. A medida que evoluciona la conciencia social y se reexaminan las políticas del pasado, la discusión sobre la influencia de esta ley y el discurso del odio se intensifica. Desde una perspectiva crítica, algunos argumentan que la Ley de Amnistía está buscando la reconciliación dentro de un proceso democrático, pero podría dejar impunes ciertos actos cometidos en Cataluña. En el ámbito del discurso del odio, esta impunidad podría interpretarse como un obstáculo para la construcción de una narrativa colectiva que condene de manera clara y unánime los actos discriminatorios y violentos del pasado. Algunos críticos sostienen que la falta de rendición de cuentas podría alimentar resentimientos y sentimientos de injusticia, que a su vez podrían manifestarse en discursos de odio dirigidos a grupos específicos. La relación entre la Ley de Amnistía del 2023/2024 y el discurso del odio sigue siendo compleja, reflejando los desafíos persistentes en la búsqueda de equilibrio entre la memoria histórica, la justicia y la estabilidad democrática. El diálogo continuo sobre estos temas es esencial para comprender y abordar los retos actuales en la construcción de una sociedad más justa e inclusiva. Es esencial que los líderes políticos, así como los usuarios de redes sociales, asuman la responsabilidad de promover un discurso respetuoso y constructivo. Ya hemos visto como las plataformas están colaborando mejorando sus políticas y algoritmos con el fin de frenar la difusión del discurso de odio, priorizando la seguridad y el bienestar de la sociedad. En conclusión, el discurso de odio en la política, amplificado por las redes sociales, representa un desafío significativo para la salud de la democracia. Combatir este fenómeno requiere un esfuerzo conjunto de líderes, ciudadanos y plataformas para promover un diálogo político basado en el respeto y la comprensión mutua.
08 oct, 2023
La situación migratoria del mediterráneo enciende las alarmas sobre los delitos de tráfico y trata de personas. Debemos entender que la migración que está entrando por el Mediterráneo de manera irregular puede ser víctima de tráfico de personas, delito que se da cuando el migrante “contrata los servicios” de las organizaciones criminales de la zona para que los trasladen desde su país de origen hacia el país donde desean inmigrar de forma irregular; pero simultáneamente se pude estar en presencial del delito de trata de personas cuando las víctimas son captadas por engaño o con violencia para ser explotadas dentro de su país de origen o en otro país. La trata de personas es uno de los delitos más denigrantes para la dignidad humana de cuantos se conocen, ya que supone la degradación de cualquier persona hasta convertirla en una mera mercancía que se puede intercambiar o explotar. Solo en España para el año 2019 se movían más de 5 millones de euros diarios en trata de personas, entendiendo que la trata no es solo en explotación sexual, sino que también incluye la explotación laboral, de criminalidad forzada o de tráfico de órganos. Según datos aportados por la Brigada Central de Trata de Seres Humanos de la policía de España, alrededor de 12 millones de personas en 160 países son víctimas de trata, de las cuales el 62% de ellas son destinadas a la explotación sexual, distribuidas en 80% mujeres y 12% niñas. El tráfico y la trata de personas no discrimina en edad, para el año 2019 llegaron a España 11.345 niños y 956 niñas no acompañados, pero las autoridades solo identificaron a 10 de las niñas como víctimas de trata. Llama la atención que con un número tan elevado de niños y niñas no acompañados que han ingresado al país vía marítima solo el 0.1% se consideran víctimas de tratas, es decir, que las autoridades no cumplieron los protocolos de protección, identificación y análisis de los casos individualmente, pues si comparamos los porcentajes con las cifras internacionales que hablamos en el artículo anterior, es claro y evidente que las autoridades migratorias y de protección de la infancia española no están cumpliendo con su trabajo en la correcta identificación de víctimas de trata de personas. Suponemos que las cifras han aumentado en especial en materia de menores después de que iniciara la guerra de Ucrania, pues España ha sido uno de los principales países de acogida de mujeres y niños que escapan de la guerra. Debemos tener en cuenta que más de 1.5 millones de niños han huido de Ucrania y que las cifras mundiales reflejan que los niños representan el 28% de las personas víctimas de trata según datos aportados por UNICEF y el Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la trata de Personas (ICAT). La trata en cifras españolas Entre los años 2017 y 2021, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado comunicaron la identificación formal como víctimas de trata de seres humanos de 1.438 personas, entre ellas se encontraban 64 (4.5%) menores de edad. A estas cifras hay que añadir 4.420 víctimas de explotación sexual y laboral, incluyendo a 36 (0,8%) menores. El abuso de situación de necesidad o vulnerabilidad de la víctima se ha consolidado en los últimos años como el medio comisivo más frecuente en la trata sexual, llegando a alcanzar en el 2021 al 60% de las víctimas. El engaño, ya sea en el tipo de actividad a realizar o en las condiciones de esta, estuvo presente en un 46% de los casos entre el 2017 y 2021. Las víctimas de la trata sexual en los últimos años han mostrado numerosos cambios de tendencia una de ellas es la nacionalidad de las víctimas, en España son las rumanas y nigerianas quienes han sido tradicionalmente las más representativas y las que han mantenido una tendencia más estable. Mientras que las de origen latinoamericano, especialmente Venezuela, Colombia y Paraguay ha mostrado un incremento exponencial en los últimos años, concretamente en el 2021 las víctimas de estas últimas nacionalidades representaron el 59% del total de las identificadas y aquellas con nacionalidad de algún país latinoamericano llegaron al 74%. La trata de seres humanos es un delito con una capacidad de mutación y adaptación notables. Los tratantes ajustan sus modus operandi a las necesidades y dificultades de cada situación y adaptan la oferta muy rápidamente a la demanda. Recordemos que las cifras que dan las autoridades españolas corresponden a víctimas identificadas, es decir, son solo una pequeña muestra de la cruel realidad que viven las víctimas de este “negocio”. La tendencia también ha cambiado con quienes comenten el delito de trata, por primera vez las estadísticas demuestran que en 2021 es mayor el número de mujeres detenidas que el de hombres, concretamente el 53%. Datos que confirma la teoría de las autoridades sobre que muchas de las antiguas víctimas pasan a ocupar puestos de responsabilidad en las redes de trata como “madame” o captoras pues ya conocen el negocio y al ser mujeres con la misma nacionalidad de las víctimas tienden a convencerlas/engañarlas más fácilmente. Las personas detenidas por explotación sexual en 2021, el 60% son hombres, mientras que el 40% son mujeres, todos ellos con nacionalidades principalmente española, colombiana y rumana. Otro tipo de explotación muy extendido en España es el laboral, quienes lo sufren en carne propia son los migrantes. Entre el 2017 y el 2021 las víctimas de explotación laboral eran el 60% hombres y 40% mujeres, llegando en 2021 a una relación de tres hombres por cada mujer víctimas de explotación laboral. La edad más frecuente se sitúa entre los 23 y 32 años con nacionalidades predominantes de Marruecos, Rumanía y España. Algo más de la mitad de las investigaciones emprendidas en 2021 estaban vinculadas al sector agropecuario, englobando al 68% de las víctimas. Centrándonos en la explotación laboral, en 2021 el 83% de los detenidos fueron hombres y el 17% mujeres, con la nacionalidad más característica la española y la rumana. Aquí un cuadro que nos permite evidencias con más claridad la evolución del delito de trata en los últimos años en España:
Caso UE
Por Carlos Romero Mendoza 08 ago, 2023
1.- El Código de Conducta en Europa para frenar la incitación al odio. En un artículo anterior, hice referencia a la propuesta que la ONU está consultando sobre la adopción de un Código de Conducta que permita garantizar la integridad de la información en las plataformas digitales, buscando a reducir la propagación de la desinformación y la incitación al odio, protegiendo la libertad de expresión. La mencionada propuesta hace referencia a la necesidad de concretar un compromiso entre distintos agentes sociales: gobiernos y empresas relacionadas con la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC), y en ese contexto, creo que resulta interesante mirar hacia la Unión Europea y su experiencia desde el 2016 con su Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, cuyo contenido limita el compromiso a las TICs. El mencionado Código de Conducta de la UE se adoptó como un compromiso político en la Declaración conjunta emitida por el Consejo Extraordinario de Justicia e Interior de 24 de marzo de 2016 sobre los atentados terroristas de Bruselas . El Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Jaén, Victor Luis Gutierrez Castillo , nos permite conocer aquellas medidas adoptadas por la Unión Europea que representan esos antecedentes o ese camino recorrido hasta llegar a concretar el Código de Conducta para combatir la incitación al odio en Europa, que además, stán fundamentadas específicamente en el artículo 13 del Tratado de Amsterdam y el 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, esas medidas son: 1.- Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico, tanto en el ámbito privado como público. 2.-Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. 3.-Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio del 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. 4.- Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo de la UE, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el derecho penal, que se reconocen los delitos de odio en el ámbito europeo al establecer un objetivo común en la respuesta ante este fenómeno. 5.- Directrices de la UE sobre derechos humanos relativas a la libertad de expresión en Internet y fuera de Internet”, que incorporan por primera vez la idea de que los derechos humanos también deben ser protegidos en la red, publicada por Consejo de la UE el 27 de junio del 2016. 6.- Decisión nº. 276/1999/CE, aprobada el 25 de enero de 1999 por el Parlamento Europeo mediante el cual se adopta un plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales en la que se reconoce expresamente (artículo 3), la obligación de (…) fomentar la autorregulación del sector y los mecanismos de supervisión de los contenidos (por ejemplo, los relativos a contenidos tales como la pornografía infantil o aquellos que inciten al odio por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad u origen étnico) (…) Todo este camino recorrido nos lleva en el año 2016 cuando la Comisión Europea y cuatro grandes empresas del sector de las TIC: YouTube, Twitter, Facebook y Microsoft, adoptaron el Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, a través del cual se busca el establecimiento de filtros de detección de contenidos lesivos o potencialmente lesivos y su retirada en un plazo de 24 horas desde su notificación. Por cierto, durante este año 2023 se ha anunciado la revisión del mencionado Código de Conducta. Según información pública, se suman a este compromiso desde el año 2016: Instagram, Snapchat y Dailymotion, recientemente en el 2022 también lo hizo la plataforma Twitch . Importante destacar, que en el 2022, la Unión Europea adoptó un nuevo instrumento normativo que plantea entre sus objetivos la creación de un espacio digital más seguro en el que se protejan los derechos fundamentales de todos los usuarios de servicios digitales, es decir de los usuarios de todo servicio en línea, que va desde los sitios web simples hasta servicios de infraestructura de internet y plataformas en línea. Claramente se trata de un objetivo que está relacionado directamente con el compromiso de enfrentar el Discurso de Odio a través de las plataformas digitales, el mencionado instrumento normativo fue adoptado el 16 de noviembre 2022 como Ley de Servicios Digitales (DSA) . Para la Comisión Europea, es necesario que las TICs garanticen que la aplicación del Código apoye el cumplimiento de la Ley de Servicios Digitales, pues de esa forma se añadirá valor en los ámbitos específicos de la lucha contra la incitación al odio y la protección de la libertad de expresión online. El impacto y el compromiso del Código de Conducta. En relación al Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, es relevante señalar que el mismo es evaluado permanentemente, en el año 2022 se realizó su séptima evaluación , en cuyo contenido se registra un descenso en los resultados de notificación y acción de las empresas en el marco del compromiso de respuesta a las notificaciones que reciban; entre los datos que se destacan de la mencionada evaluación, se destacan: 1.- El número de notificaciones revisadas por las empresas en un plazo de 24 horas descendió en comparación con los dos últimos ejercicios de supervisión, pasando del 90,4% en 2020, al 81% en 2021, y al 64,4% en 2022; en este contexto, TikTok es reconocida como la única empresa que mejoró su tiempo. 2.- La tasa de eliminación, registró un 63,6%, cifra que es considerablemente inferior a la de su pico en 2020 (71%); en este caso, solo YouTube obtuvo mejores resultados en este parámetro. 3.- La evaluación registra una evolución positiva en cuanto a la frecuencia y la calidad de los comentarios de las empresas a los usuarios, algo que la Comisión había pedido a las empresas que mejoraran en el informe de 2021. Por último, para poder comprender el alcance del Código de Conducta de la UE para frenar la incitación al odio, importante destacar cuáles son esos compromisos que asumen las TICs en el marco del mencionado Código, a saber: 1.- Procedimientos claros y eficaces. Compromiso de procedimientos claros y eficaces para retirar o deshabilitar el acceso a contenido con incitación ilegal al odio. Las empresas de TI dispondrán de normas o directrices comunitarias en las que se aclare que prohíben la promoción de la incitación a la violencia y las conductas odiosas. Tras la recepción de una notificación válida de retirada, las empresas de TI valorarán esas solicitudes con arreglo a sus normas y directrices comunitarias y, en caso necesario, a las legislaciones nacionales de transposición de la Decisión marco 2008/913/JAI, con equipos especializados en examinar solicitudes. Las empresas de TI revisarán la mayoría de las notificaciones válidas para la retirada de manifestaciones de incitación ilegal al odio en menos de 24 horas, y retirarán o deshabilitarán, si fuera necesario, el acceso a dicho contenido. 2.- Educación y concienciación. Las empresas de TI educarán y concienciarán a sus usuarios sobre los tipos de contenidos no autorizados en virtud de sus normas y directrices comunitarias. El sistema de notificación podría emplearse como herramienta para ello. 3.- Rapidez y eficacia de la comunicación. Las empresas de TI facilitarán información sobre los procedimientos de presentación de notificaciones con vistas a aumentar la rapidez y la eficacia de la comunicación entre las autoridades de los Estados miembros y las empresas de TI, en particular en lo relativo a las notificaciones y la deshabilitación del acceso o la retirada de las manifestaciones de incitación ilegal al odio en Internet. 4.- Alianzas con OSC organizaciones tercer sector. Las empresas de TI fomentarán las notificaciones y la señalización por parte de expertos de los contenidos que promuevan la incitación a la violencia y conductas odiosas, particularmente a través de asociaciones con OSC, facilitando información clara sobre las normas y directrices comunitarias de cada empresa y sobre las normas relativas a los procesos de información y notificación. Las empresas TI procurarán reforzar las asociaciones con las OSC mediante la ampliación su ámbito geográfico y, en su caso, proporcionando apoyo y formación para permitir a los socios de las OSC desempeñar el papel de «informantes de confianza» o equivalente, respetando debidamente la necesidad de mantener su independencia y credibilidad. Estados miembros y la Comisión Europea para garantizar el acceso a una red representativa de socios de las OSC y de «informantes de confianza» en todos los Estados miembros a fin de contribuir a proporcionar notificaciones de alta calidad Las empresas de TI recurrirán al apoyo de los Estados miembros y la Comisión Europea para garantizar el acceso a una red representativa de socios de las OSC y de «informantes de confianza» en todos los Estados miembros a fin de contribuir a proporcionar notificaciones de alta calidad. Las empresas de TI presentarán información sobre los «informantes de confianza», disponible en sus sitios web. 5.- Compromiso con formación permanente en las empresas TI. Las empresas de TI proporcionarán formación periódica a su personal sobre la evolución de la sociedad actual e intercambiarán puntos de vista sobre el potencial de mejora. Las empresas de TI intensificarán la cooperación entre sí y con otras plataformas y empresas de medios de comunicación social para reforzar el intercambio de mejores prácticas. Por último, creo oportuno citar al profesor de la Universidad de Jaén Gutiérrez Castillo, cuando describe este Código en la práctica como una “privatización de las funciones estatales, ya que son empresas privadas y no autoridades públicas, las que, determinan lo que es lícito o no en la red”, una afirmación que permite abrir un debate interesante sobre el tema y su complejidad. 1. Comisión Europea. Código de Conducta para la lucha contra la incitación ilegal al odio en internet. 30 de julio 2016. Online en: https://commission.europa.eu/document/551c44da-baae-4692-9e7d-52d20c04e0e2_es 2. GUTIERREZ CASTILLO, Victor Luis. El control europeo del ciberespacio ante el discurso de odio. Análisis de las medidas de lucha y prevención. En: Fundación Dialnet. Recuperado el 30 de julio 2023. Online en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7695859.pdf 3. Europapress.es La plataforma Twitch se suma al Código de Conducta de la UE para retirar contenido de odio de internet. 3 de julio 2022. Online en: https://www.europapress.es/internacional/noticia-plataforma-twitch-suma-codigo-conducta-ue-retirar-contenidos-odio-internet-20220620174511.html 4. Comisión Europea. Paquete de la Ley de Servicios Digitales. Sin fecha. Recuperado el 04 de agosto 2023. Online en: https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/policies/digital-services-act-package 5. Centro de Documentación de Almeria. Código de Conducta de la UE contra la incitación al odio online. 25 de noviembre 2022. Online en: https://www.cde.ual.es/codigo-de-conducta-de-la-ue-contra-la-incitacion-al-odio-online/
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